El Ministerio de Sanidad calcula que el Registro de Profesionales Sanitarios, que comenzará a funcionar durante este año, estará formado por alrededor de un millón de personas, de las que 207.000 serán médicos y 240.000 enfermeros, tanto del sector público como privado

El Gobierno espera un millón de sanitarios en el Registro de Profesionales
EFE/Pedro Puente Hoyos
  • 25 de julio, 2014
  • MADRID/EFE

No obstante, la incorporación al registro no es obligatoria ni necesaria para ejercer una profesión sanitaria y los profesionales podrán, en cualquier momento, acceder a sus datos y ejercer los derechos de rectificación, cancelación y modificación, según la regulación que el Consejo de Ministros ha aprobado hoy por real decreto.

La norma desarrolla el Registro Estatal de Profesionales Sanitarios para “planificar” las necesidades de titulados, así como “coordinar” las políticas de recursos humanos en la sanidad pública, según informa el Ministerio de Sanidad en una nota.

El registro es una de las previsiones del real decreto-ley 16/2012, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud.

El órgano “mejorará la calidad y la seguridad de la atención al paciente, facilitando mayor información pública, accesible a través de medios telemáticos, sobre el profesional, y también contribuirá a evitar el intrusismo”, argumenta el Ministerio.

Añade que con los registros actuales de profesionales “no es posible” disponer de datos exactos y fiables sobre el número total y la distribución de los que ejercen en España, ya que sólo se puede disponer de información parcial, por territorios y por algunas profesiones colegiadas.

EFE/Toni Garriga

Además de médicos y enfermeros, se integrarán en el registro 59.000 farmacéuticos, 37.000 fisioterapeutas, 29.000 dentistas, 27.000 veterinarios, 15.000 ópticos, 6.000 podólogos y 100.000 profesionales del resto de titulaciones sanitarias, calcula el Gobierno.

También se prevén otros 280.000 profesionales registrados del área de la sanidad.

Para evitar cargas administrativas a los profesionales, el decreto prevé que el registro se nutra de los datos oficiales que ya existen en la administración estatal (ministerios e Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, INGESA) y autonómica (consejerías y Servicios de Salud de las comunidades).

También de las corporaciones profesionales sanitarias, centros sanitarios privados y entidades de seguros.

La obligación de remitir estos datos será “siempre de las entidades y organismos, no de los profesionales sanitarios”, precisa Sanidad.

El registro constará de 20 datos de los sanitarios que trabajan en España, tanto en el ámbito público como en el privado, y será gestionado por el Ministerio de Sanidad.

Se implantará en soporte digital y facilitará la consulta por medios electrónicos.

Los datos

Los datos que se incorporarán serán los siguientes:

  • Número de incorporación al registro
  • Nombre y apellidos
  • DNI o Tarjeta de Identidad del Extranjero (TIE)
  • Fecha de nacimiento
  • Sexo
  • Nacionalidad
  • Medio preferente o lugar a efectos de comunicaciones
  • Titulación
  • Especialidad
  • Diploma en Áreas de Capacitación Específica
  • Diploma de Acreditación y Diploma de Acreditación Avanzada
  • Situación profesional
  • Lugar de ejercicio
  • Categoría profesional
  • Función
  • Desarrollo profesional
  • Colegiación
  • Cobertura de responsabilidad civil en cada ámbito de ejercicio profesional
  • Suspensión o inhabilitación para el ejercicio profesional

De estos datos, tendrán carácter público el nombre, la titulación, la especialidad, el lugar de ejercicio, la categoría y función, así como los diplomas de acreditación y de acreditación avanzada, si los hubiere.