La nueva ley de residuos, recientemente aprobada en el Congreso de los Diputados, supone un empujón en favor de nuestra salud, ya que prohíbe el uso de algunas sustancias tóxicas que se encuentran en los envases de alimentos o las botellas de plástico como los ftalatos y el bisfenol A (BPA)

Tanto el BPA como los ftalatos pueden migrar en pequeñas cantidades a los alimentos y bebidas almacenados en los materiales plásticos que los contienen, y al consumirlos contaminan nuestro organismo.
Es por ello que todos estamos expuestos a estos compuestos tóxicos de forma continuada, explica a EFEsalud Ethel Eljarrat, investigadora Científica del Departamento de Química Ambiental, Instituto de Diagnóstico Ambiental y Estudios del Agua (IDAEA – CSIC).
“Y aunque esta exposición no provoca efectos adversos inmediatos, sí que produce una toxicidad crónica. Incluso en concentraciones pequeñísimas (del orden de partes por billón)”.
Se sabe que el BPA y los ftalatos son disruptores endocrinos, lo que quiere decir que alteran nuestras funciones hormonales.
Además ya hay evidencias científicas de que el BPA puede afectar al desarrollo neurológico en los niños, reducir la fertilidad, y desencadenar diabetes y obesidad; también se asocia con el cáncer de próstata.
Algunas investigaciones los relacionan con un mayor riesgo de problemas de aprendizaje, atención y comportamiento de los niños.
Por otra parte, existen más de 3.000 sustancias químicas diferentes asociadas a los materiales plásticos y de ellas, más de 60, se consideran sustancias de alto riesgo para la salud y necesitarían medidas similares, apunta la investigadora.
De los productos químicos que se añaden al plástico, refiere, hay diferentes familias, como las arriba mencionadas o como los organofosforados, y algunos también presentan propiedades tóxicas.
Así cabe mencionar a los retardantes de llamas que se añaden para que en el caso de que se produzca un incendio retrasar la propagación de las llamas.
Dentro de estos retardantes, algunos ya están prohibidos por la Convención de Estocolmo, “pero sin embargo en esta nueva ley de residuos no se hace ningún énfasis en controlar que no haya presencia de estos nuevos compuestos”.
“Y aunque está prohibido utilizarlos en materiales nuevos y se ha dado de margen hasta 2030 para reciclar materiales que los contengan, el problema va a llegar a las plantas de reciclaje a la hora de discernir que residuos tienen presencia o no de estos compuestos”.
Por ello, defiende Ethel Eljarrat, es necesario avanzar en el etiquetado de los productos comerciales.
“Los productores deberían proporcionar etiquetas del producto que contenga información sobre todos los aditivos químicos presentes, a fin de facilitar su discriminación en las plantas de reciclaje”.
Alternativas que habrá que vigilar
Volviendo al bisfenol, en esta ley de residuos solo se menciona el Bisfenol A, pero existen otros bisfenoles como el S (BFS) o el F (BPF) que pueden ser utilizados por la industria como alternativa al bisfenol A , “y ya existen estudios científicos que hablan de que la toxicidad puede ser igual o superior”, añade la experta.
Y lo mismo ocurre con los ftalatos.
La Unión Europea y los Estados Unidos han restringido el uso de algunos ftalatos, como el di(2-etilhexil) ftalato (DEHP) y el di-butilftalato (DBP), en algunos productos comerciales.
Pero otros plastificantes como el adipato de di(2-etilhexilo) (DEHA), el éster de diisononilo del ácido dicarboxílico de 1,2-ciclohexano (DINCH) y el tereftalato de di(2-etilhexilo) (DEHT) los están reemplazando.
“Habrá que disponer de estudios sobre los posibles efectos de estos nuevos compuestos, y poder evaluar si este reemplazo es seguro o no”.
Con lo cual, concluye la investigadora, la nueva norma es un buen principio, “pero es cierto que es solo el principio porque no se habla nada de otros compuestos que también se sabe son muy tóxicos y que están presentes en muchos materiales plásticos”.
Hay que tener en cuenta que nuestro cuerpo no es capaz de metabolizar algunos de estos compuestos químicos, con lo cual los vamos acumulando con el consiguiente daño para nuestra salud.

Sustancias dañinas permanentes
Hablamos de las perfluoroalquiladas y polifluoroalquiladas, un grupo de miles de sustancias químicas de extendido uso en aplicaciones industriales y de consumo, como las citadas espumas para sofocar incendios y los revestimientos hidrófugos y lipófobos para textiles, papel y utensilios de cocina.
El problema es que prácticamente todas las personas de los países industrializados tienen sustancias perfluoroalquiladas y polifluoroalquiladas en su organismo.
Y que la exposición a estos productos se ha asociado a lesiones hepáticas, hipertensión, disminución de la respuesta inmunitaria, disminución de la fertilidad, menor peso al nacer y cáncer testicular y de riñón.
Así lo explica David Boyd, relator especial sobre la cuestión de las obligaciones de derechos humanos relacionados con el disfrute de un medio ambiente sin riesgos, limpio, saludable y sostenible, en un informe que recoge el boletín de noticias de Naciones Unidas.
De acuerdo con el autor, en la Unión Europea los costos relacionados con la salud que se derivan de las sustancias eternas perfluoroalquiladas y polifluoroalquiladas oscilan entre los 52.000 y los 84.000 millones de euros anuales, mientras que los costos de tratamiento y recuperación del suelo y las aguas contaminadas van de los 10.000 a los 170.000 millones de euros.
Ley de residuos: un empujón a favor de tu salud
Para resumir, la nueva ley de residuos prohíbe comercializar los siguientes productos de plástico: pajitas de bebidas, tenedores, cuchillos, cucharas, palillos, bastoncillos de algodón, agitadores de bebidas y los palitos de globos de plástico.
También quedan prohibidos los recipientes para alimentos hechos de poliestireno expandido (corcho blanco usado para alimentos de consumo inmediato) y los vasos de ese mismo material.
Al mismo tiempo, establece que se reduzca progresivamente la fabricación de otros productos plásticos de un solo uso como los vasos y recipientes para alimentos destinados a consumo inmediato. Los objetivos son una disminución del 50 % en 2026 y del 70 % en 2030 respecto a 2022.
Asimismo, el texto legal dispone que a partir de 2023, los comercios minoristas de alimentación con una superficie de más de 400 metros cuadrados destinen el 20 % de su superficie a productos sin embalaje primario, por ejemplo, mediante la venta a granel o el uso de envases reutilizables.
Además los establecimientos de alimentación que vendan productos frescos y bebidas deberán aceptar que los clientes quieran llevarse el artículo en recipientes reutilizables (bolsas, tápers, botellas..).
Cabe destacar por último que en los establecimientos de hostelería y restauración se tendrá que ofrecer siempre a los clientes o usuarios de sus servicios, la posibilidad de consumo de agua no envasada de manera gratuita .
También recoge una disposición que obliga a los ayuntamientos a elaborar un censo de instalaciones y emplazamientos con amianto con un calendario para su retirada, y les habilita a que sus ordenanzas municipales prohíban fumar en las playas.
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